ATC 20/2007, 24 de Enero de 2007

PonenteExcms. Srs. Casas Baamonde, Delgado Barrio, y Aragón Reyes
Fecha de Resolución24 de Enero de 2007
EmisorTribunal Constitucional - Sección Primera
ECLIES:TC:2007:20A
Número de Recurso5211-2006

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A U T O

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 10 de mayo de 2006, don J.M., interpuso recurso de amparo contra el Auto de 7 de abril de 2006, de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, dictado en recurso de apelación 232-2006 formalizado contra resolución del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria en expediente 622-2003, que fue turnado a la Sección Primera de la Sala Primera de este Tribunal.

  2. La Letrado del recurrente, por escrito presentado en este Tribunal el día 16 de noviembre de 2006, manifiesta su voluntad de renunciar al presente recurso de amparo y solicita su archivo, adjuntando escrito suscrito por el recurrente del mismo tenor.

  3. Por diligencia de ordenación de 24 de noviembre de 2006 se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal, por informe que tuvo entrada en el Tribunal el 14 de diciembre de 2006, manifiesta que no se opone a la aprobación del desistimiento.

Fundamentos jurídicos

nico. Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura la del desistimiento, prevista en el art. 86.1 LOTC, y a la que es de aplicación supletoria la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), que la recoge en los arts. 19.1 y 20.2 y 3 LEC.

Esta fórmula y decisión de la parte aparece revestida de los requisitos legales, al constar por escrito la voluntad del recurrente y de su Letrado de renunciar al procedimiento y de que se proceda al archivo del mismo, además de que no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido del presente recurso de amparo a don J.M. y archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a veinticuatro de enero de dos mil siete.

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