ATC 477/2004, 29 de Noviembre de 2004

PonenteExcms. Srs. Jiménez Sánchez, Conde Martín de Hijas, Pérez Vera y Gay Montalvo
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2004
EmisorTribunal Constitucional - Sala Segunda
ECLIES:TC:2004:477A
Número de Recurso5665-2004

A U T O

Antecedentes

ÚNICO. En el recurso de amparo antes referido se impugna la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo recaída en recurso de casación de 11 de mayo de 2004.

Mediante escrito fechado el 16 de noviembre de 2004 los Excmos. Sres. Magistrados don Pascual Sala Sánchez y don Ramón Rodríguez Arribas comunicaron a los efectos oportunos que se abstenían de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 219.11 LOPJ, por haber resuelto la causa en la anterior instancia.

Fundamentos jurídicos

ÚNICO. Vista la comunicación efectuada por don Pascual Sala Sánchez y por don Ramón Rodríguez Arribas, Magistrados de esta Sala Segunda del Tribunal Constitucional, la Sala, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 LOPJ, estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que los mencionados Magistrados han formado parte del órgano judicial autor de la resolución impugnada en esta sede jurisdiccional.

Por lo expuesto, la Sala

ACUERDA

Estimar la causa de abstención formulada por los Excmos. Sres. Sala Sánchez y Rodríguez Arribas en el recurso de amparo con número de registro 5665-2004, apartándoles definitivamente del referido recurso.

Madrid, a veintinueve de noviembre de dos mil cuatro.

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