ATC 297/2008, 29 de Septiembre de 2008

PonenteExcms. Srs. Jiménez Sánchez, Gay Montalvo y Sala Sánchez.
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2008
EmisorTribunal Constitucional - Sección Tercera
ECLIES:TC:2008:297A
Número de Recurso3751-2007

AUTO I. Antecedentes

  1. Por el Procurador don Jorge Deleito García en nombre de Auditoría Interna, S.L., se presentó recurso de amparo el día 25 de abril de 2007 que se registró con el número 3751-2007.

  2. El día 14 de mayo de 2008, por el mismo Procurador Sr. Deleito García, se presentó escrito desistiendo del recurso planteado.

  3. Se acordó, por diligencia de ordenación de fecha 21 de mayo siguiente, dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre el desistimiento pretendido, lo que hizo por escrito de 4 de julio último, en el sentido de no oponerse al desistimiento.

  1. Fundamentos jurídicos único. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento, a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso, y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional [arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC)], procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso a Auditoría Interna, S.L., acordándose el archivo de las actuaciones.

Madrid, a veintinueve de septiembre de dos mil ocho.

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