ATC 212/2007, 16 de Abril de 2007

PonenteExcms. Srs. Conde Martín de Hijas, Pérez Vera y Rodríguez Arribas
Fecha de Resolución16 de Abril de 2007
EmisorTribunal Constitucional - Sección Cuarta
ECLIES:TC:2007:212A
Número de Recurso6732-2005

A U T O

Antecedentes

  1. Por la Procuradora doña Elena Fernández Castán

    en nombre de la mercantil Caprichos Decoración S.L. se presentó recurso

    de amparo el día 27 de septiembre de 2005 que se registró con

    el núm. 6732-2005.

  2. El día 5 de febrero de 2007, por la misma Procuradora Sra. Fernández

    Castán se presentó escrito de fecha 30 de enero de 2007 desistiendo

    del recurso planteado.

  3. Se acordó, por diligencia de ordenación de 13 de febrero

    de 2007 dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre el desistimiento

    pretendido, lo que hizo por escrito de 19 de febrero de 2007 en el sentido

    de no oponerse al mismo.

Fundamentos jurídicos

nico. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento

prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite

en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento,

a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley

de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso,

y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad

de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado

que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional

arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC)], procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso

a la mercantil Caprichos Decoración, S.L. acordándose el archivo

de las actuaciones.

Madrid, a dieciséis de abril de dos mil siete.

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