ATC 351/2007, 23 de Julio de 2007

PonenteExcms. Srs. Jiménez Sánchez, Gay Montalvo y Sala Sánchez
Fecha de Resolución23 de Julio de 2007
EmisorTribunal Constitucional - Sección Tercera
ECLIES:TC:2007:351A
Número de Recurso4301-2007

A U T O

Antecedentes

  1. Por la Procuradora doña Marta Martínez Tripiana en nombre

    de don A.P. .se presentó recurso de amparo

    el día 10 de mayo de 2007 que se registró con el número

    4301-2007.

  2. El día 25 de mayo de 2007 por la misma Procuradora Sra. Martínez

    Tripiana se presentó escrito de fecha 21 de mayo de 2007 por el que

    desistía del recurso de amparo planteado.

  3. Se acordó, por diligencia de ordenación de 12 de junio

    de 2007 dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre el desistimiento

    formulado, lo que hizo por escrito de 27 de junio de 2007 en el sentido

    de no oponerse al mismo.

Fundamentos jurídicos

nico. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento

prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite

en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento,

a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley

de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso,

y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad

de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado

que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional

arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC)], procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso

a don A.P. , acordándose el archivo de

las actuaciones.

Madrid, a veintitrés de julio de dos mil siete.

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