ATC 507/2004, 13 de Diciembre de 2004

PonenteExcms. Srs. Jiménez Sánchez, Gay Montalvo y Sala Sánchez
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2004
EmisorTribunal Constitucional - Sección Tercera
ECLIES:TC:2004:507A
Número de Recurso6646-2003

A U T O

Antecedentes

  1. Por la Procuradora doña María Eva Guinea y Ruenes en nombre de doña Elia Hernández Muñoz, don Arturo y doña Isabel Pérez Hernández se presentó recurso de amparo el día 7 de octubre de 2003, que se registró con el núm. 6646-2003.

  2. El día 13 de octubre de 2004, por la misma Procuradora Sra. de Guinea y Ruenes, se presentó escrito desistiendo del recurso planteado, al que se acompañaba carta de los recurrentes en el mismo sentido.

  3. Se acordó por diligencia de ordenación de 21 de octubre de 2004, dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre el desistimiento pretendido, lo que hizo por escrito de 27 de octubre de 2004, en el sentido de no oponerse al desistimiento.

Fundamentos jurídicos

Único. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento, a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso, y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional [arts. 161.1.b) CE y 41.3 LOTC)], procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistidos y apartados de la prosecución del presente recurso a doña Elia Hernández Núñez, don Arturo y doña Isabel Pérez Hernández, acordándose el archivo de las actuaciones.

Madrid, a trece de diciembre de dos mil cuatro.

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