ATC 14/2019, 5 de Marzo de 2019

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2019
EmisorTribunal Constitucional - Sección Primera
ECLIES:TC:2019:14A
Número de Recurso6502-2018

Sección Primera. Auto 14/2019, de 5 de marzo de 2019. Recurso de amparo 6502-2018. Acepta una abstención en el recurso de amparo 6502-2018, promovido por don José Antonio Victorero Prendes en proceso contencioso disciplinario militar

Excms. Srs. don Juan José González Rivas y don Alfredo Montoya Melgar.

Antecedentes

Único: En el recurso de amparo núm. 6502-2018 se impugna la sentencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo núm. 64/2018, de fecha 5 de julio de 2018, y el auto de fecha 16 de octubre de 2018 desestimatorio de incidente de nulidad, recaídos en recurso contencioso disciplinario militar ordinario núm. 133-2017 contra la resolución de la ministra de Defensa de fecha 12 de septiembre de 2017.

Mediante escrito fechado el 5 de marzo de 2019, el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Fundamentos jurídicos

Único: Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón magistrado de esta Sección Primera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.

Por lo expuesto, la Sección

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 6502-2018, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a cinco de marzo de dos mil diecinueve.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR