ATC 523/2005, 20 de Diciembre de 2005

PonenteExcms. Srs. Jiménez Sánchez, Conde Martín de Hijas, Pérez Vera, Gay Montalvo y Rodríguez Arribas
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2005
EmisorTribunal Constitucional - Sala Segunda
ECLIES:TC:2005:523A
Número de Recurso6458-2003

AUTO

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro de este Tribunal el 30 de octubre de 2003, por el Procurador don Fernando Bermúdez de Castro, en nombre y representación de don Rafael Larreina Valderrama, Portavoz del Grupo Parlamentario Eusko Alkartasuna del Parlamento Vasco, se interpuso recurso de amparo turnado a esta Sala con el núm. 6.458-2003.

  2. Por escrito presentado en el Registro de este Tribunal el 30 de octubre de 2003, por el Procurador don Fernando Bermúdez de Castro, en nombre y representación de don Gorka Knörr Borrás, Vicepresidente del Parlamento Vasco, se interpuso recurso de amparo turnado a esta Sala con el núm. 6.462-2003.

  3. Por escrito presentado en el Registro de este Tribunal el 31 de octubre de 2003 por la Procuradora doña Mónica de la Paloma Fente Delgado, en nombre y representación de don José Antonio Karrera Aguirrebarrena, Portavoz del Grupo Parlamentario Ezker Batua/Izquierda Unida/Berdeak del Parlamento Vasco, se interpuso recurso de amparo turnado a esta Sala con el núm. 6.494-2003.

  4. Por escrito presentado en el Registro de este Tribunal el 31 de octubre de 2003, por el Procurador don Pedro Rodríguez Rodríguez, en nombre y representación de don Juan María Atutxa Mendiola, Presidente del Parlamento Vasco, se interpuso recurso de amparo turnado a esta Sala con el núm. 6.496-2003.

  5. Por escrito presentado en el Registro de este Tribunal el 31 de octubre de 2003 por la Procuradora doña Mónica de la Paloma Fente Delgado, en nombre y representación de doña María de la Concepción Bilbao Cuevas, Secretaria Segunda de la Mesa del Parlamento Vasco, se interpuso recurso de amparo turnado a esta Sala con el núm. 6.498-2003.

  6. Por escrito presentado en el Registro de este Tribunal el 31 de octubre de 2003, por el Procurador don Pedro Rodríguez Rodríguez, en nombre y representación de don Joseba Mirena Egibar Artola, Portavoz del Grupo Parlamentario Eusko Abertzaleak-Nacionalistas Vascos del Parlamento Vasco, se interpuso recurso de amparo turnado a esta Sala con el núm. 6.500-2003.

  7. Los recursos referidos, dirigidos todos ellos contra el Auto de la Sala Especial del art. 61 LOPJ del Tribunal Supremo, de 1 de octubre de 2003, fueron admitidos a trámite.

  8. Mediante diligencia de ordenación de 16 de diciembre de 2004 se acordó otorgar un plazo de diez días a las partes personadas en los mencionados recursos de amparo para alegar lo que estimasen pertinente sobre la acumulación de los recursos 6.462-2003, 6.494-2003, 6.496-2003, 6.498-2003 y 6.500-2003 al 6.458-2003. La totalidad de las partes intervinientes en los dos recursos de amparo núms. 6.496-2003 y 6.500-2003 mostraron su conformidad con dicha acumulación; en los demás recursos, manifestaron su conformidad la Procuradora doña Ana Lobera Argüelles, en representación de Batasuna, el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal, sin que los recurrentes formularan alegación alguna sobre el particular.

Fundamentos jurídicos

Único. El art. 83 de la LOTC faculta a este Tribunal, en cualquier momento de la tramitación procesal, a instancia de parte o de oficio, y previa audiencia de los comparecidos en el proceso constitucional, a disponer la acumulación de aquellos procesos con objetos conexos que justifiquen la unidad de tramitación y decisión.

Los recursos que se examinan, aunque están interpuestos por distintos demandantes, se hallan todos ellos en una situación sustancialmente idéntica, recurriéndose la misma resolución de la Sala Especial del art. 61 LOPJ del Tribunal Supremo, con una motivación jurídica coincidente y semejanza en las posiciones ostentadas por los recurrentes.

En virtud de todo lo expuesto, la Sala

ACUERDA

La acumulación de los recursos de amparo núms. 6.462-2003, 6.494-2003, 6.496-2003, 6.498-2003 y 6.500-2003 al recurso de amparo núm. 6.458-2003, todos tramitados ante esta Sala Segunda.

En Madrid, a veinte de diciembre de dos mil cinco.

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