ATC 55/1980, 22 de Octubre de 1980

Fecha de Resolución22 de Octubre de 1980
EmisorTribunal Constitucional - Sección Primera
ECLIES:TC:1980:55A
Número de Recurso64/1980

Extracto:

Inadmisión. Defectos de la demanda: no subsanación.

Preámbulo:

En el expediente reseñado, la Sección ha acordado dictar el siguienteAUTO

Antecedentes:

Antecedentes

  1. El 21 de julio pasado se recibió en este Tribunal escrito firmado por don Olegario Ballesteros Arnero, en el que solicitaba se le concediese la libertad provisional, o en su caso se instase para que se celebrase rápidamente el juicio por el delito del que era acusado.

  2. Por providencia de 8 de agosto se abrió el trámite de inadmisión otorgando un plazo de diez días comunes al Ministerio Fiscal y al solicitante para hacer alegaciones sobre la posible existencia de los siguientes motivos de inadmisión: falta de representación de Procurador y dirección de Letrado; falta de agotamiento de la vía judicial previa; falta de concreción del precept o constitucional infringido. Se señalaba asimismo que en el plazo otorgad o podría subsanar el primero y el tercero de los defectos indicados. Dicha providencia fue debidamente notificada el 23 de septiembre.

  3. Transcurrido el plazo concedido, el Ministerio Fiscal alegó, entre otras cosas, que debía reproducirse la notificación haciéndosele saber que en su caso podrá serle designado Procurador y Abogado de oficio. El recurrente no hizo alegaciones.

Fundamentos:

Fundamentos jurídicos

  1. Al no haber subsanado en el plazo previsto los defectos subsanables señalados en la providencia del 8 de agosto que le fue notificada debidamente, dichos defectos se han convertido en insubsanables, lo que hace inadmisible el recurso de acuerdo con el art. 50.1 b) en relación con el 85.2 de la LOTC.

  2. A mayor abundamiento, y al no haber presentado el recurrente alegación alguna ha de estimarse que existe el motivo de inadmisión insubsanable citado en la referida providencia.

Fallo:

En consecuencia: Se declara no admitido el recurso. Archívense las actuaciones.Madrid, a veintidós de octubre de mil novecientos ochenta.

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