ATC 611/1985, 25 de Septiembre de 1985

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 1985
EmisorTribunal Constitucional - Sección Cuarta
ECLIES:TC:1985:611A
Número de Recurso86/1985

Extracto:

Beneficio de pobreza: denegación.

Preámbulo:

La Sección ha examinado la pieza incidental de justicia gratuita del recurso de amparo promovido por don Victoriano Serna Pollo.

Antecedentes:

Antecedentes

  1. En 16 de mayo pasado tuvo entrada en este Tribunal demanda incidental formulada por la representación y defensa de oficio de don Victoriano Serna Pollo exponiendo que el demandante es natural de Santander, con domicilio en calle Santa Lucía, 39, 2.°, de dicha capital; que carece de toda clase de bienes, rentas, pensiones y usufructos y que le son de aplicación los arts. 13 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil; pidiendo, en consecuencia, la concesión del beneficio de gratuidad previa reclamación de oficio de los documentos necesarios para acreditar la situación económica del demandante.

  2. Por providencia de 29 de mayo se acordó formar pieza separada para sustanciar el incidente, y oír al Ministerio Fiscal y al Abogado del Estado sobre la concesión del beneficio solicitado.

El Ministerio Fiscal ha expuesto que no ha aportado el recurrente la prueba a que se refiere el art. 21 de la L.E.C.

El Abogado del Estado nada ha opuesto a la concesión del beneficio de gratuidad.

Fundamentos:

Fundamentos jurídicos

Unico. Aun haciendo abstracción de que por Auto de esta misma fecha se ha decretado la inadmisibilidad del recurso de amparo del que dimana esta pieza separada, en la misma se carece de todo medio probatorio tendente a demostrar que concurren en el demandante las circunstancias precisas para el otorgamientos de los beneficios solicitados.

Fallo:

La Sección acuerda no haber lugar al otorgamiento de los beneficios de justicia gratuita al demandante.Madrid, a veinticinco de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco.

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