ATC 370/1987, 25 de Marzo de 1987
Fecha de Resolución | 25 de Marzo de 1987 |
Emisor | Tribunal Constitucional - Sección Segunda |
ECLI | ES:TC:1987:370A |
Número de Recurso | 1242/1986 |
Extracto:
Inadmisión. Principio de igualdad: retribuciones de funcionarios. Contenido constitucional de la demanda: carencia.
Preámbulo:
Doña Mercedes Ros Morencos y tres recurrentes más interponen recurso de amparo contra Acuerdo del Gobierno de Navarra sobre recalificación funcionarial y niveles retributivos, confirmado por Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Pamplona. Invoca la vulneración de los derechos consagrados en el art. 14 de la C.E.
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ATC 42/1990, 29 de Enero de 1990
...los diferentes regímenes funcionariales considerados en bloque y no en aspectos singulares y concretos infringen el principio alegado (ATC 370/1987). Partiendo de los criterios expuestos, debe tenerse en cuenta que el recurrente es funcionario perteneciente a un Cuerpo Nacional transferido ......
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STSJ Castilla y León 1584/2010, 12 de Julio de 2010
...los diferentes regímenes funcionariales considerados en bloque y no en aspectos singulares y concretos infringen el principio alegado (ATC 370/1987 )". CUARTO Tras la exposición de la jurisprudencia aplicable, como consideración previa, se ha de expresar que la identidad retributiva ha de j......
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STSJ Castilla y León 1712/2010, 27 de Julio de 2010
...los diferentes regímenes funcionariales considerados en bloque y no en aspectos singulares y concretos infringen el principio alegado (ATC 370/1987 )". CUARTO Tras la exposición de la jurisprudencia aplicable, como consideración previa, se ha de expresar que la identidad retributiva ha de j......
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STSJ Castilla y León 1734/2010, 30 de Julio de 2010
...los diferentes regímenes funcionariales considerados en bloque y no en aspectos singulares y concretos infringen el principio alegado (ATC 370/1987 )". CUARTO Tras la exposición de la jurisprudencia aplicable, como consideración previa, se ha de expresar que la identidad retributiva ha de j......