ATC 85/2009, 11 de Marzo de 2009

PonenteExcms. Srs. Casas Baamonde, Delgado Barrio, y Aragón Reyes.
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Constitucional - Sección Primera
ECLIES:TC:2009:85A
Número de Recurso6493-2007

A U T OI. Antecedentes

  1. Por escrito recibido en el Registro General de este Tribunal el día 20 de julio de 2007, la entidad Codesport S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Soledad San Mateo García, interpuso recurso de amparo contra providencia de 7 de junio de 2007 del Juzgado de lo Social núm. 19 de Madrid dictada en procedimiento 496-2006.

  2. La Procuradora Sr a. San Mateo García, por escrito presentado en este Tribunal el 26 de noviembre de 2008, suscrito por Letrado, manifiesta su voluntad de desistir de la continuación del recurso.

  3. Por diligencia de ordenación de 1 de diciembre del 2008 se dió traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal, por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el 15 de diciembre de 2008, manifiesta que no se opone a la aprobación del desistimiento.

  1. Fundamentos jurÌdicos

nico. Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura la del desistimiento, prevista en el artículo 86.1 LOTC, y a la que es de aplicación supletoria la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), que la recoge en los arts. 19.1 y 20.2 y 3 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC).

Esta fórmula y decisión de la parte aparece revestida de los requisitos legales, al constar en el poder conferido por el recurrente el otorgamiento con carácter especial de las facultades de desistir, tal y como exige el art. 25.2.1 LEC, además de que no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistida del presente recurso de amparo a la entidad Codesport, S.A., y archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a once de marzo de dos mil nueve.

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