ATC 104/2009, 23 de Marzo de 2009

PonenteExcms. Srs. Conde Martín de Hijas, Pérez Vera y Rodríguez Arribas.
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Constitucional - Sección Cuarta
ECLIES:TC:2009:104A
Número de Recurso7650-2008

A U T OI. Antecedentes

  1. La Procuradora doña María del Carmen de la Fuente Baonza, en nombre y representación de don F.R. , solicitó, por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 9 de octubre de 2008 , se designara abogado del turno de oficio para formalizar recurso de amparo contra el Auto de 29 de mayo de 2008 dictado por la Audiencia Provincial de Madrid resolviendo el recurso de apelación núm. 35-2008 formulado contra Auto dictado por el Juzgado de Instrucción núm. 2 de Madrid en diligencias previas procedimiento abreviado 2034-2007, escrito que fue registrado con el núm. 7650-2008.

  2. Designada la Letrado Sra. doña Virginia Carrasco Lopez, por escrito de 22 de diciembre de 2008, registrado el 7 de enero de 2009, suscrito por dicha Letrado y por la Procuradora representante, se interesó se tuviera por desistido del recurso a don F.R., acompañando escrito firmado por el interesado.

  3. Por diligencia de ordenación de 9 de enero de 2009 se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara pertinente, lo que hizo por escrito de 30 de enero de 2009, en el sentido de no oponerse a la solicitud de la parte.

  1. Fundamentos jurÌdicos

nico. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento, a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso, y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional [arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC) , procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso a don F.R. y el archivo de las actuaciones.

Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil nueve

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