ATC 321/2007, 2 de Julio de 2007
Ponente | Excms. Srs. Conde Martín de Hijas, Pérez Vera y Rodríguez Arribas |
Fecha de Resolución | 2 de Julio de 2007 |
Emisor | Tribunal Constitucional - Sección Cuarta |
ECLI | ES:TC:2007:321A |
Número de Recurso | 11706-2006 |
A U T O
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Por el Procurador don Luciano Rosch Nadal en nombre de don Luis Enrique
Caballero Fernández-Aramburu se presentó recurso de amparo
el día 29 de diciembre de 2006 que se registró con el número:
11706-2006.
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El día 2 de abril de 2007 por el mismo Procurador Sr. Rosch Nadal
se presentó escrito de fecha 30 de marzo de 2007 en el que solicitaba
se le tuviera por desistido del recurso de amparo planteado, acordándose,
por diligencia de ordenación de 11 de abril de 2007, requerirle para
que aportara poder especial para desistir o bien se ratificara el recurrente
en el escrito presentado , trámite que se cumplimentó por
escrito de 20 de abril de 2007, suscrito por dicho Procurador y presentado
en el Registro de este Tribunal el día 23 de abril de 2007.
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Se acordó, por diligencia de ordenación de 26 de abril
de 2007 dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre el desistimiento
pretendido, lo que hizo por escrito de 28 de mayo de 2007 en el sentido
de no oponerse al mismo.
nico. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento
prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite
en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento,
a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley
de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso,
y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad
de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado
que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional
arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC)], procede acceder al desistimiento solicitado.
Por lo expuesto, la Sección
A C U E R D A
Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso
a Don Luis Enrique Caballero Fernández-Aramburu acordándose
el archivo de las actuaciones.
Madrid, a dos de julio de dos mil siete.