ATC 188/2007, 12 de Marzo de 2007

PonenteExcms. Srs. Jiménez Sánchez, Gay Montalvo y Sala Sánchez
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2007
EmisorTribunal Constitucional - Sección Tercera
ECLIES:TC:2007:188A
Número de Recurso8734-2006

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A U T O

Antecedentes

  1. Por el Procurador don Javier del Amo Artes en nombre de don O.Z., se presentó recurso de amparo el día

    20 de septiembre de 2006 que se registró con el número 8734-2006.

  2. El día 10 de enero de 2007, por el mismo Procurador Sr. Del Amo

    Artés, se presentó escrito desistiendo del recurso planteado.

  3. Se acordó, por diligencia de ordenación de fecha 17 de

    enero siguiente, dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre

    el desistimiento pretendido, lo que hizo por escrito de 25 de enero último,

    en el sentido de no oponerse al desistimiento.

Fundamentos jurídicos

nico. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento

prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite

en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento,

a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley

de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso,

y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad

de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado

que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional

arts. 161.1.b) CE y 41.3 LOTC)], procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso

a don O.Z. acordándose el archivo de

las actuaciones.

Madrid, a doce de marzo de dos mil siete.

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