ATC 15/2007, 16 de Enero de 2007

PonenteExcms. Srs. Rodríguez-Zapata Pérez, García-Calvo y Montiel y Pérez Tremps
Fecha de Resolución16 de Enero de 2007
EmisorTribunal Constitucional - Sección Segunda
ECLIES:TC:2007:15A
Número de Recurso4497-2005

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A U T O

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 16 de junio de 2006, C.M. representado por el Procurador de los Tribunales Albito Martínez Díaz, interpuso recurso de amparo contra Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo recaído en recurso de casación 4012-2002 contra Sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (recurso 1090-1999).

  2. El Procurador Sr. Martínez Díez, por escrito presentado el 5 de mayo de 2006 , estando el amparo pendiente de resolver sobre su admisión o inadmisión y ostentando facultades especiales para desistir, manifiesta que desiste del recurso planteado.

  3. Por diligencia de ordenación de 11 de mayo de 2006 se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal, por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el 24 de mayo de 2006 informó favorablemente respecto del desistimiento planteado.

Fundamentos jurídicos

nico. Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura la del desistimiento, prevista en el art. 86.1 LOTC, y a la que es de aplicación supletoria la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), que la recoge en los arts. 19.1 y 20.2 y 3 LEC.

Esta fórmula y decisión de la parte recurrente aparece revestida de los requisitos legales. Por otro lado, no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido del recurso de amparo a don C.M. y archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a dieciséis de enero de dos mil siete.

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