ATC 172/2006, 1 de Junio de 2006

PonenteExcms. Srs. Rodríguez-Zapata Pérez, García-Calvo y Montiel y Pérez Tremps
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2006
EmisorTribunal Constitucional - Sección Segunda
ECLIES:TC:2006:172A
Número de Recurso6460-2005

A U T O

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 16 de septiembre de 2005, don A.C., representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Luisa Bermejo García, interpuso recurso de amparo contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 7 de Madrid recaída en procedimiento abreviado 86/2005.

  2. Don A.C., interno en el centro penitenciario de Nanclares, remitió al Tribunal Constitucional escrito manuscrito y firmado por él en el que manifiesta su intención de no interponer recurso de amparo contra la Sentencia anteriormente citada, solicitando que fuese anulado el anuncio de interposición de recurso amparo realizado por su Abogado y Procuradora.

  3. Por diligencia de ordenación de 5 de diciembre de 2005 se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal, por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el 26 de diciembre de 2005, no halla obstáculo para acceder al desistimiento, poniendo fin al proceso.

Fundamentos jurídicos

Único: Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura la del desistimiento, prevista en el art. 86.1 LOTC, y a la que es de aplicación supletoria la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), que la recoge en los arts. 19.1 y 20.2 y 3 LEC.

Esta fórmula y decisión de la parte recurrente aparece revestida de los requisitos legales. Por otro lado, no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido del recurso de amparo a don A.C. y archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a uno de junio de dos mil seis.

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