ATC 297/2003, 26 de Septiembre de 2003

PonenteExcms. Srs. García Manzano, Casas Baamonde y Rodríguez-Zapata Pérez
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2003
EmisorTribunal Constitucional - Sección Segunda
ECLIES:TC:2003:297A
Número de Recurso3807-2003

A U T O

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 10 de junio de 2003, don Lázaro Canelo Ortiz, representado por el Procurador de los Tribunales don José Luis Pinto Marabotto, interpuso recurso de amparo contra la Sentencia de 1 de abril de 2003 y Auto aclaratorio de 14 de mayo siguiente, dictados por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia en el recurso de apelación núm. 50-2003, interpuesto contra la Sentencia de 18 de noviembre de 2002, dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 3 de Catarroja en el juicio de faltas núm. 75-2002.

  2. El Procurador Sr. Pinto Marabotto, por escrito presentado el 9 de julio de 2003, estando el amparo pendiente de resolver sobre su admisión o inadmisión, manifiesta que desiste del recurso planteado, lo que ratifica con su firma el Letrado director.

  3. Por diligencia de ordenación de 10 de julio de 2003 se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal, por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el 21 de julio de 2003, no ve obstáculo para acceder al desistimiento

poniendo fin al procedimiento.

Fundamentos jurídicos

UNICO: Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura, por aplicación supletoria de la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), la del desistimiento.

Esta fórmula y decisión de la parte recurrente aparece revestida de los requisitos legales. Por otro lado, no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Tener por desistido del recurso de amparo a don Lázaro Canelo Ortiz y archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a veintiséis de septiembre de dos mil tres.

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