ATC 378/2003, 28 de Noviembre de 2003

PonenteExcms. Srs. García Manzano, Casas Baamonde y Rodríguez-Zapata Pérez
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2003
EmisorTribunal Constitucional - Sección Segunda
ECLIES:TC:2003:378A
Número de Recurso4331-2003

A U T O

Antecedentes

  1. Por escrito fechado el 25 de junio de 2003, y que tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal el 30 de junio siguiente, don José Luis García Barrosa solicitó amparo contra la resolución de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Vizcaya, dictada en el rollo del Tribunal del Jurado núm. 1-2002, que desestimó la petición de libertad provisional.

  2. Por escrito de 30 de julio de 2003, el Sr. García Barrosa solicita que se deje sin efecto el amparo instado, solicitud que reitera por escrito de 26 de agosto siguiente.

  3. Por diligencia de ordenación de 1 de octubre de 2003, se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el 8 de octubre siguiente, no se opone al desistimiento al concurrir los supuestos del art. 80 y 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, y no concurrir motivos que hagan aconsejable la continuación del recurso de amparo.

Fundamentos jurídicos

UNICO: Procede acordar el archivo de las presentes actuaciones, toda vez que con anterioridad a formularse la demanda, el solicitante de amparo ha manifestado su propósito de desistir del procedimiento instado, a cuya manifestación no se ha opuesto el Ministerio Fiscal.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a veintiocho de noviembre de dos mil tres.

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