ATC 99/2004, 25 de Marzo de 2004

PonenteExcms. Srs. García Manzano, Casas Baamonde y Rodríguez-Zapata Pérez
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2004
EmisorTribunal Constitucional - Sección Segunda
ECLIES:TC:2004:99A
Número de Recurso856-2003

A U T O

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 14 de febrero de 2003, don Aniclaudiano Castellanos Chamorro y doña Venancia Murcia Dotor, representados por el Procurador de los Tribunales don Jaime Pérez de Sevilla y Guitard, interpusieron recurso de amparo contra el Auto de 9 de enero de 2003, dictado por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Torrejón de Ardoz en el procedimiento núm. 389-2000.

  2. El Procurador Sr. Pérez de Sevilla y Guitard, por escrito presentado el 4 de diciembre de 2003, estando el amparo pendiente de resolver sobre su admisión o inadmisión, manifiesta que desiste del recurso interpuesto y solicita el archivo del procedimiento, lo que ratifica con su firma el Letrado director.

  3. Por diligencia de ordenación de 9 de diciembre de 2003 se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal, por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el 18 de diciembre siguiente, considera que es procedente dictar Auto aprobando el desistimiento formulado y acordar el archivo del proceso.

Fundamentos jurídicos

UNICO: Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura, por aplicación supletoria de la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), la del desistimiento.

Esta fórmula y decisión de la parte recurrente aparece revestida de los requisitos legales. Por otro lado, no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Tener por desistidos del recurso de amparo a don Aniclaudiano Castellanos Chamorro y a doña Venancia Murcia Dotor y archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a veinticinco de marzo de dos mil cuatro.

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