ATC 424/2004, 4 de Noviembre de 2004

PonenteExcms. Srs. Emilia Casas Baamonde, Delgado Barrio y Aragón Reyes
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2004
EmisorTribunal Constitucional - Sección Primera
ECLIES:TC:2004:424A
Número de Recurso4890-2004

A U T O

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 23 de julio de 2004, doña Dolors Carbó Pujol, representada por el Procurador de los Tribunales don Adolfo Morales Hernández-Sanjuán, interpuso recurso de amparo contra el Auto de 21 de junio de 2004, dictado por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo en el recurso de revisión núm. 138-2003.

  2. El Procurador Sr. Morales Hernández-Sanjuán, por escrito presentado el 24 de septiembre de 2004, estando el amparo pendiente de resolver sobre su admisión o inadmisión, manifiesta que desiste del recurso planteado, lo que ratifica con su firma el Letrado director.

  3. Por diligencia de ordenación de 4 de octubre siguiente se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal, por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el 14 de octubre de 2004, no encuentra obstáculo para que se pueda acceder a la solicitud de desistimiento.

Fundamentos jurídicos

UNICO: Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura, por aplicación supletoria de la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), la del desistimiento.

Esta fórmula y decisión de la parte recurrente aparece revestida de los requisitos legales. Por otro lado, no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Tener por desistido del recurso de amparo a doña Dolors Carbó Pujol y archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a cuatro de noviembre de dos mil cuatro.

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