ATC 280/2005, 23 de Junio de 2005

PonenteExcms. Srs.: Rodríguez-Zapata Pérez, García-Calvo y Montiel y Pérez Tremps
Fecha de Resolución23 de Junio de 2005
EmisorTribunal Constitucional - Sección Segunda
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Número de Recurso133-2005

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A U T O

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 10 de enero de 2005, Doña Cristina Bellver Jiménez y Don Juan Alfonso Galí Millán, representados por la Procuradora de los Tribunales Doña Yolanda Ortiz Alfonso, interpusieron recurso de amparo contra providencia de fecha 15 de diciembre de 2004, en incidente de nulidad de actuaciones.

  2. La Procuradora Sra. Ortiz Alfonso por escrito presentado el 14 de febrero de 2005, estando el amparo pendiente de resolver sobre su admisión o inadmisión, manifiesta que desiste del recurso planteado.

  3. El Ministerio Fiscal no encontró obstáculo para acceder al desistimiento, poniendo fin al proceso.

FUNDAMENTO JURÍDICO

UNICO: Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura, por aplicación supletoria de la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), la del desistimiento.

Esta fórmula y decisión de la parte recurrente aparece revestida de los requisitos legales. Por otro lado, no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Tener por desistido del recurso de amparo a Doña Cristina Bellver Jiménez y Don Juan Alfonso Galí Millán, y archivar las presentes actuaciones.

En Madrid a veintitrés de junio de dos mil cinco.

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