ATC 149/2008, 9 de Junio de 2008

PonenteExcms. Srs. Conde Martín de Hijas, Pérez Vera y Rodríguez Arribas.
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2008
EmisorTribunal Constitucional - Sección Cuarta
ECLIES:TC:2008:149A
Número de Recurso2239-2007

A U T O

Antecedentes

  1. Por la Procuradora doña María Granizo Palomeque, en nombre y representación de Ah Turística Peninsular, SL , se presentó recurso de amparo el día 12 de marzo de 2007, que se registró con el número 2239-2007.

  2. El día 13 de marzo de 2008, por la misma Procuradora Sra.Granizo Palomeque, se presentó escrito, de fecha 11 de marzo de 2008, desistiendo del recurso planteado.

  3. Se acordó, por diligencia de ordenación de fecha 25 de marzo de 2008, dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre el desistimiento pretendido, lo que hizo por escrito de 20 de mayo de 2008, en el sentido de no oponerse al desistimiento.

Fundamentos jurídicos

nico. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento, a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso, y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional [arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC) , procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso a Ah Turística Peninsular, S.L., acordándose el archivo de las actuaciones.

Madrid, a nueve de junio de dos mil ocho.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR