ATC 114/2003, 7 de Abril de 2003

PonenteExcms. Srs. Vives Antón, Conde Martín de Hijas, Jiménez Sánchez, Pérez Vera y Gay Montalvo
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2003
EmisorTribunal Constitucional - Sala Segunda
ECLIES:TC:2003:114A
Número de Recurso4569-2002

A U T O I. Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro de este Tribunal el 23 de julio de 2002, el Procurador don José Ramón Rego Rodríguez, en nombre y representación de don Manuel Díaz Sánchez, interpuso recurso de amparo, turnado a esta Sala con el núm. 4569-2002, contra Auto de 25 de junio de 2002 dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo en el rollo 9-2001, derivado del sumario 2-2001 instruido por el Jugado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Torrijos.

  2. Por escrito presentado en el Registro de este Tribunal, también el 31 de julio de 2002, por el mismo Procurador ya citado Sr. Rego Rodríguez, en nombre y representación de don Manuel Díaz Sánchez, se interpuso recurso de amparo, turnado a esta Sala con el núm. 4756-2002, en rollo 9-2001, derivado del sumario 2-2001 instruido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Torrijos.

  3. Continuada la tramitación de los recursos referidos, ambos fueron admitidos a trámite.

  4. En resolución de 27 de febrero de 2003 se acordó otorgar un plazo de diez días a las partes personadas para alegar lo que estimasen pertinente sobre la acumulación de los recursos 4569-2002 y 4765-2002, mostrando la conformidad con dicha acumulación.

Fundamentos jurídicos

Unico.- El art. 83 LOTC faculta a este Tribunal, en cualquier momento de la tramitación procesal, a instancia de parte o de oficio, y previa audiencia de los comparecidos en el proceso constitucional, a disponer la acumulación de aquellos procesos con objetos conexos que justifiquen la unidad de tramitación y decisión.

Los recursos que se examinan están interpuestos por el mismo demandante, que actúa bajo una misma representación y defensa, se hallan en situación jurídica sustancialmente idéntica y recurren resoluciones de la Audiencia Provincial de Toledo en la misma causa, rollo 9-2001, con similitud entre las posiciones jurídicas ostentadas inicialmente en la vía judicial.

En virtud de todo lo expuesto, la Sala

A C U E R D A

La acumulación de los recursos 4569-2002 y 4756-2002.

Madrid, siete de abril de dos mil tres.

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