ATC 48/2018, 26 de Abril de 2018

Fecha de Resolución26 de Abril de 2018
EmisorTribunal Constitucional - Sección Primera
ECLIES:TC:2018:48A
Número de Recurso253-2018

Sección Primera. Auto 48/2018, de 26 de abril de 2018. Recurso de amparo 253-2018. Acepta una abstención en el recurso de amparo 253-2018, promovido por Josel, S.L., en proceso contencioso-administrativo.

Excms. Srs. don Juan José González Rivas y don Cándido Conde-Pumpido Tourón.

Antecedentes

  1. En el recurso de amparo 253-2018 se impugnan providencia y Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 8 de Barcelona en procedimiento ordinario núm. 180-2014.

  2. Mediante escrito de 26 de abril de 2018 el Magistrado don Alfredo Montoya Melgar manifestó, conforme a lo previsto en el artículo 217 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), en relación con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, su voluntad de abstenerse en el conocimiento del recurso de amparo núm. 253-2018 y todas sus incidencias, al concurrir en él la causa establecida en el artículo 219.10 LOPJ (tener interés indirecto en la causa).

Fundamentos jurídicos

Único. Vista la comunicación efectuada por don Alfredo Montoya Melgar, en virtud de lo previsto en los artículos 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado está incurso en la causa 10 del artículo 219 LOPJ (interés indirecto en la causa).

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Alfredo Montoya Melgar en el recurso de amparo 253-2017 y apartarle definitivamente del conocimiento de la referida cuestión y de todas sus incidencias.

Madrid, a veintiséis de abril de dos mil dieciocho.

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