ATC 102/2017, 10 de Julio de 2017

Fecha de Resolución10 de Julio de 2017
EmisorTribunal Constitucional - Sección Primera
ECLIES:TC:2017:102A
Número de Recurso2278-2017

Sección Primera. Auto 102/2017, de 10 de julio de 2017. Recurso de amparo 2278-2017. Acepta una abstención en el recurso de amparo 2278-2017, promovido por don César Varela Boira en proceso militar.

Excms. Srs. don Juan José González Rivas y don Alfredo Montoya Melgar.

Antecedentes

Único. En el recurso de amparo núm. 2278-2017 se impugna la Sentencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo recaída en recurso de casación núm. 43-2016 contra la dictada por el Tribunal Militar Territorial primero en sumario 11-52-2015

Mediante escrito fechado el 10 de julio de 2017 el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Fundamentos jurídicos

Único. Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón Magistrado de esta Sección Primera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art 80), estima justificada la causa de abstención formulada.

Por todo lo expuesto, La Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 2278-2017, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a diez de julio de dos mil diecisiete.

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