ATC 534/1986, 18 de Junio de 1986
Fecha de Resolución | 18 de Junio de 1986 |
Emisor | Tribunal Constitucional - Sección Primera |
ECLI | ES:TC:1986:534A |
Número de Recurso | 377/1986 |
Extracto:
Inadmisión. Invocación formal del derecho vulnerado: falta. Contenido constitucional de la demanda: carencia.
Preámbulo:
El Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid y don Vicente López Fernández interponen recurso de amparo contra Sentencia de la Sala Segunda de lo Civil de la Audiencia Territorial de Madrid que confirma la dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 6 que desestima demanda sobre reclamación de cantidad, por haber prescrito la acción. Invocan como vulnerado el derecho consagrado en el art. 24.1 de la C.E. por considerar que no ha existido prescripción.
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STSJ Galicia 1434/2010, 25 de Marzo de 2010
...para el válido ejercicio de la acción es tarea que corresponde a la jurisdicción ordinaria mediante una resolución jurídicamente fundada (AATC 534/1986, 564/1987 y 1211/1988). En suma, no compete a este Tribunal indicar la interpretación que haya de darse a la legislación ordinaria regulado......
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STC 42/1997, 10 de Marzo de 1997
...para el válido ejercicio de la acción es tarea que corresponde a la jurisdicción ordinaria mediante una resolución jurídicamente fundada (AATC 534/1986, 564/1987 y 1.211/1988). En suma, no compete a este Tribunal indicar la interpretación que haya de darse a la legislación ordinaria regulad......
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ATC 169/1990, 23 de Abril de 1990
...el válido ejercicio de la acción es tarea que corresponde a la jurisdicción ordinaria mediante un pronunciamiento jurídicamente fundado (AATC 534/1986, 564/1987 y 1211/1988). En suma, no compete a este Tribunal indicar la interpretación que haya de darse a la legislación ordinaria regulador......