ATC 178/2008, 23 de Junio de 2008

PonenteExcms. Srs. Conde Martín de Hijas, Pérez Vera y Rodríguez Arribas.
Fecha de Resolución23 de Junio de 2008
EmisorTribunal Constitucional - Sección Cuarta
ECLIES:TC:2008:178A
Número de Recurso1593-2008

A U T O

Antecedentes

  1. Por la Procuradora doña Isabel Julia Corujo, en nombre y representación de don C.L., se presentó recurso de amparo el día 27 de febrero de 2008, que se registró con el número 1593-2008.

  2. El día 28 de marzo de 2008, por la misma Procuradora Sra. Julia Corujo, se presentó escrito, de fecha 26 de marzo de 2008, desistiendo del recurso planteado.

  3. Se acordó, por diligencia de ordenación de fecha 2 de abril de 2008, dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre el desistimiento pretendido, lo que hizo por escrito de 27 de mayo de 2008, en el sentido de no oponerse al desistimiento.

Fundamentos jurídicos

nico. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento, a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso, y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional [arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC)], procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso a don C.L. acordándose el archivo de las actuaciones.

Madrid, a veintitrés de junio de dos mil ocho.

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