ATC 183/2008, 24 de Junio de 2008

PonenteExcms. Srs. Jiménez Sánchez, Gay Montalvo y Sala Sánchez.
Fecha de Resolución24 de Junio de 2008
EmisorTribunal Constitucional - Sección Tercera
ECLIES:TC:2008:183A
Número de Recurso7326-2007

A U T O

Antecedentes

  1. Por el Procurador don Manuel Sánchez-Puelles y González-Carvajal en nombre de Inversiones y Gestiones Turísticas, S.A., se presentó recurso de amparo el día 18 de septiembre de 2007 que se registró con el número 7326-2007.

  2. El día 14 de marzo de 2008, por el mismo Procurador Sr. Sánchez-Puelles y González -Carbajal, se presentó escrito desistiendo del recurso planteado.

  3. Se acordó, por diligencia de ordenación de fecha 24 de marzo siguiente, dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre el desistimiento pretendido, lo que hizo por escrito de 19 de mayo último, en el sentido de no oponerse al desistimiento.

Fundamentos jurídicos

nico. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento, a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso, y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional [arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC)], procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso a Inversiones y Gestiones Turísticas, S.A., acordándose el archivo de las actuaciones.

Madrid, a veinticuatro de junio de dos mil ocho.

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