ATC 398/2007, 22 de Octubre de 2007

PonenteExcms. Srs. Rodríguez-Zapata Pérez, García-Calvo y Montiel y Pérez Tremps
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2007
EmisorTribunal Constitucional - Sección Segunda
ECLIES:TC:2007:398A
Número de Recurso651-2007

A U T O

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día

    24 de enero de 2007, don C.A. representado

    por el Procurador de los Tribunales don Alberto Collado Martin, interpuso

    recurso de amparo contra Auto de la Sección Décimosexta de

    la Audiencia Provincial de Madrid recaída en rollo 42-2005 dimanante

    del Juzgado de Instrucción núm. 21 de Madrid P.A. 6407-2004.

  2. El Procurador Sr. Collado Martin,, por escrito presentado el 7 de mayo

    de 2007, estando el amparo pendiente de resolver sobre su admisión

    o inadmisión, manifiesta que desiste del recurso planteado.

  3. Por diligencia de ordenación de 16 de mayo de 2007 se dio traslado

    al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación

    con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal, por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el

    30 de mayo de 2007, no se opuso a la aprobación del desistimiento.

Fundamentos jurídicos

nico: Entre las formas de terminación del recurso de amparo

figura la del desistimiento, prevista en el artí. 86.1 de la Ley

Orgánica de este Tribunal, y a la que es de aplicación supletoria

la legislación procesal ordinaria (art. 80 LOTC), que la recoge en

los arts. 19.1 y 20.2 y 3 de la Ley de enjuiciamiento civil.

Esta fórmula y decisión de la parte recurrente aparece revestida

de los requisitos legales. Por otro lado, no se aprecia perjuicio de parte

ni daño para el interés general o público. Es procedente,

pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

A C U E R D A

Tener por desistido del recurso de amparo a don C.A. y archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a veintidós de octubre de dos mil siete.

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