ATC 249/2005, 9 de Junio de 2005

PonenteExcms. Srs.: Rodríguez-Zapata Pérez, García-Calvo y Montiel y Pérez Tremps
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2005
EmisorTribunal Constitucional - Sección Segunda
ECLIES:TC:2005:249A
Número de Recurso4294-2003

A U T O

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. – Por escrito de fecha 28 de junio de 2003, Don Daniel Ramírez Córdoba, representado por Don Miguel Ángel Ayuso Morales, interpuso recurso de amparo contra resolución de la Audiencia Provincial de Granada de 10 de junio de 2003.

  2. – El recurrente presentó ante éste Tribunal Constitucional escrito de fecha 5 de enero de 2005 manifestando su intención de desistir del recurso iniciado por haber sido progresado de grado por autoridad penitenciaria.

  3. – El Ministerio Fiscal interesó que se accediera al desistimiento y se acordara el archivo de las actuaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura, por aplicación supletoria de la legislación procesal ordinaria (artículo 80 LOTC) la del desistimiento.

Esta fórmula y decisión de la parte recurrente aparece revestida de los requisitos legales, sin que, por otra parte, se aprecie perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, en consecuencia, confirmar la voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Tener por desistido del recurso de amparo a Don Daniel Ramírez Córdoba y archivar las presentes actuaciones.

Madrid a nueve de junio de dos mil cinco.

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