Sentencia nº 65/2009 de Tribunal Constitucional, Sala 2ª, 9 de Marzo de 2009

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Resumen


Recurso de amparo 7438-2006. Promovido por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras frente a la Sentencia de un Juzgado de lo Social de Jaén que desestimó por falta de acción su demanda contra UGT en materia de elecciones sindicales.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): inadmisión de demanda social por deducir de un pacto entre centrales sindicales la renuncia al ejercicio de acciones judiciales sin motivación (STC 51/2003).

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Extracto


Sentencia nº 65/2009 de Tribunal Constitucional, Sala 2ª, 9 de Marzo de 2009

STC 65/2009, de 9 de marzo de 2009

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de amparo núm. 7438-2006, promovido por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Cañedo Vega y asistida por el Abogado don Juan A. Montes Hurtado, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de Jaén de 14 de junio de 2006, dictada en autos 281-2006 en materia electoral. Ha sido parte el sindicato Unión General de Trabajadores, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Elisa Hurtado Pérez y asistido por el Abogado don Rafael López Montesinos. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Magistrada doña Elisa Pérez Vera, quien expresa el parecer de la Sala.

I. Antecedentes

1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 13 de julio de 2006, la Procuradora de los Tribunales dona Isabel Cañedo Vega, actuando en nombre y representación de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, presentó recurso de amparo constitucional contra la resolución citada en el encabezamiento.

2. Los hechos de los que trae causa la demanda de amparo, relevantes para la resolución del recurso, son, en síntesis, los siguientes:

a) La demandante de amparo formuló preaviso para la celebración de elecciones sindicales ...

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