Sentencia nº 65/2007 de Tribunal Constitucional, Sala 1ª, 27 de Marzo de 2007
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Resumen
Recurso de amparo 2508-2004. Promovido por don Francisco Zugasti Agüí respecto de la Sentencia de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de Instrucción de Madrid que le condenaron por una falta de lesiones.
Supuesta vulneración del derecho a la asistencia letrada y vulneración del derecho a la defensa: juicio de faltas sin abogado de oficio, no solicitado (STC 199/2003); denunciado que se defiende a sí mismo sin abogado, a quien no se permitió interrogar a la denunciante (STC 143/2001).Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
→ Estima el recurso contra Auto nº 180/2004 de AP Madrid, Sección 6ª, 24 de Marzo de 2004
Extracto
Sentencia nº 65/2007 de Tribunal Constitucional, Sala 1ª, 27 de Marzo de 2007
STC 65/2007, de 27 de marzo de 2007
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez y don Manuel Aragón Reyes, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REYla siguienteS E N T E N C I A En el recurso de amparo núm. 2508-2004, promovido por don Francisco Zugasti Agüí, representado por el Procurador de los Tribunales don Pablo José Trujillo Castellano y asistido por el Abogado don Miguel ángel álvarez Marcet, contra la Sentencia núm. 180/2004 de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, de fecha 24 de marzo de 2004, recaída en el rollo de apelación núm. 50-2004, y contra la dictada en el día 18 de diciembre de 2003 por el Juzgado de Instrucción núm. 10 de los de Madrid, en el procedimiento de juicio de faltas núm. 1385-2003. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Roberto García-Calvo y Montiel, quien expresa el parecer de la Sala. I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el día 20 de abril de 2004, don Francisco Zugasti Agüí manifestó su intención de interponer recurso de amparo contra las resoluciones indicadas en el encabezamiento de esta Sentencia, solicitando a tal efecto el nombramiento de Abogado y Procurador del turno de oficio. 2. La Secretaría de Justicia de la Sección Segunda de este Tribunal dictó diligencia de ordenación el día 28 de abril de 2004 mediante la que acordó c...Ver el contenido completo de este documento
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