Sentencia nº 51/2007 de Tribunal Constitucional, Sala 2ª, 12 de Marzo de 2007
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Resumen
Recurso de amparo 2454-2004. Promovido por don F.Á. frente al Auto de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que denegaron la rectificación demandada a la Cadena SER e inadmitieron su recurso de casación.
Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la integridad moral y al honor y a la libertad de información: resoluciones judiciales motivadas y que respetan el acceso al recurso legal; derecho de rectificación utilizado de manera inapropiada; el derecho a recibir información veraz de los oyentes de una radio no puede ser ejercido por un particular.Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
→ Desestima el recurso contra Sentencia nº 10/2003 de AP Madrid, Sección 8ª, 3 de Octubre de 2003
Extracto
Sentencia nº 51/2007 de Tribunal Constitucional, Sala 2ª, 12 de Marzo de 2007
STC 51/2007, de 12 de marzo de 2007
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REYla siguienteS E N T E N C I A En el recurso de amparo núm. 2454-2004, promovido por don F.Á., representado por el Procurador de los Tribunales don José Luis Ferrer Recuero y asistido por el Abogado don Juan Ramón Montero Estévez, contra la Sentencia de 3 de octubre de 2003 dictada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid. Ha sido parte la Sociedad Española de Radiodifusión (Cadena SER), representada por el Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén y asistida por el Abogado don Gerardo Viada Fernández-Velilla. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Ramón Rodríguez Arribas, quien expresa el parecer de la Sala. I. Antecedentes 1. El 16 de abril de 2004 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal, procedente del Juzgado de guardia, escrito del Procurador de los Tribunales don José Luis Ferrero Recuero, en nombre y representación de don F.Á., en el que se interponía recurso de amparo constitucional contra la resolución citada en el encabezamiento, por entender que vulneraba los derechos a la integridad moral, reconocido en el art. 15 CE, al honor, reconocido en el art. 18 CE, a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión, reconocido en el art. 20.1 d) CE, y a la tutela judicial efectiva, reconocido en el art. 24.1 CE. 2. La demanda de amparo tiene su origen en los siguientes hechos: a) En el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Madrid se siguieron autos de juicio verbal, con el núm. 19-2003 entre don F.Á., hoy recurrente en amparo, como demandante y la Cadena SER, como demandada, sobre ejercicio del derecho de rectificación. En el mismo, el Juez dictó Sentencia el 19 de febrero de 2003 estimando parcialmente la demanda del actor y ordenando la publicación del escrito de rectificación redactado por aquél, pero suprimiendo alguno de los párrafos del texto originario. b) Contra la anterior Sentencia, la demandada interpuso recurso de apelación interesan...Ver el contenido completo de este documento
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