Auto nº 309/2004 de Tribunal Constitucional, Pleno, 20 de Julio de 2004
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Resumen
Inadmitir a trámite la presente cuestión de inconstitucionalidad núm. 1922-2002 planteada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, en autos 597-2001
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Extracto
Auto nº 309/2004 de Tribunal Constitucional, Pleno, 20 de Julio de 2004
A U T O
I. Antecedentes 1. El día 1 de abril de 2002 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal el escrito de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid al que se acompaña el testimonio de los autos núm. 429-2001, del rollo de apelación núm. 597-2001, y el Auto de 7 de marzo de 2002 por el que se acuerda plantear la cuestión de inconstitucionalidad del párrafo segundo de la disposición transitoria tercera de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, en relación con el principio de seguridad jurídica del art. 9.3 CE. 2. Los antecedentes de hecho de la presente cuestión de inconstitucionalidad son los siguientes: a) Durante la vigencia de la derogada Ley de enjuiciamiento civil de 1881, en un proceso de menor cuantía, el Juzgado ...Ver el contenido completo de este documento
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